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Cómo pagar Bienes Personales
Bienes personales, o bien mejor llamado Impuesto sobre los bienes personales, es un arancel aplicado sobre los recursos personales localizados en el país que se dispongan en el patrimonio al 31 de diciembre de cada año. Asimismo, en determinados casos, este impuesto se aplica sobre los recursos personales ubicados en el exterior.
El Impuesto sobre los recursos personales establece, en función de tu patrimonio, un monto mínimo. Si el cálculo de tus recursos supera dicho monto es preciso inscribirse al impuesto y presentar una declaración jurada en la que se determine el impuesto. El arancel a ingresar implica la aplicación de una alícuota al monto de la valuación de tu patrimonio.
El año pasado, a lo largo del periodo fiscal dos mil diecinueve, el monto mínimo aplicable a la valuación de tu patrimonio fue de 2 millones de pesos (2.000.000). A partir de este periodo fiscal no están incluidos en el impuesto el “inmueble destinado a casa-habitación” cuando el valor del inmueble resulta inferior o bien igual a 18 millones (18.000.000).
En el próximo cuadro, vas a poder acceder a las alícuotas que se aplican al monto de la valuación de tu patrimonio:
¿Cuáles son los ciudadanos alcanzados por este impuesto?
- Son las personas humanas y las sucesiones indivisas que se hallen en el país por los recursos personales localizados en el país y asimismo en el exterior.
- Son las personas humanas y las sucesiones indivisas que se hallen en el exterior por los recursos personales localizados en el país.
- Son las sucesiones indivisas que se tributan por los recursos personales al treinta y uno de diciembre de de año en año. Esta fecha entiende un lapso temporal entre el fallecimiento del ciudadano por el que se empieza dicha sucesión indivisa y la declaración de los herederos.
¿Cómo valorar tus recursos a lo largo del Período Fiscal 2019?
Aún estamos recorriendo el año dos mil veinte, en consecuencia, actualmente puedes consultar la valuación de tus bienes personales del período fiscal 2019.
Te dejamos los enlaces a fin de que accedas a la valuación de los diferentes recursos con un simple clic:
Anexo I:
- Automóviles.
- Camiones, pick-ups, chasis c/s cabina, varios.
- Motocicletas y motos (motovehículos).
- Transportes de pasajeros y motor home.
- Vehículos sin especificación.
Anexo II:
Anexo III:
- Detalle de entidades financieras.
- Detalle del Formato de Catastro según la jurisdicción.
- Fondos comunes de inversión.
- Obligaciones negociables.
- Títulos públicos y Cupones impagos.
Cómo presentar la Declaración Jurada de Bienes Personales
Para anular tu impuesto de recursos personales es preciso que presentes una declaración jurada. Existen 2 tipos de declaración jurada:
- La declaración jurada de carácter determinativa: es un acta que establece el monto a pagar por tu impuesto a los recursos personales y que debés presentar cuando tus bienes se encuentran valorados por un monto superior a 2 millones (2.000.000) de pesos (Período fiscal dos mil diecinueve).
- La declaración jurada de carácter informativa: es un acta que establece un conjunto de datos relacionados con tu patrimonio que AFIP te pide. Esta declaración NO determina el monto a pagar. Tenés que presentarla por las actividades que se cuentan en la próxima imagen:
Los impositores que deben pagar el impuesto a los recursos personales deben presentar la declaración jurada de carácter determinativa o de carácter informativa de sus recursos al treinta y uno de diciembre a través de el servicio de AFIP de Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales.
En el caso de que hayas logrado saldo a favor, cuando presentes la declaración jurada de carácter determinativa puedes solicitar la devolución a través del aplicativo DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS – Versión 4.0. Tendrás que producir un fichero y presentarlo en la página de AFIP, ingresando con tu clave fiscal y eligiendo la sección “Presentación de DDJJ y Pagos”.
Cómo pagar Bienes Personales
En el caso de que hayas logrado saldo a pagar de la declaración jurada de carácter determinativa, vas a poder abonar tu impuesto a los recursos personales de la forma que indicaremos a continuación:
Tendrás que producir un Volante Electrónico de Pago (VEP) a través de la sección Presentación de DDJJ y Pagos.
- Con clave fiscal:
- Ingresá a la página de AFIPcon tu clave fiscal.
- Hacé click en la sección Presentación de DDJJ y Pagos.
- Seleccioná la opción “Nuevo VEP“.
- Escogé una entidad de pago.
- Entrá a tu entidad de pago seleccionada.
- Aboná el VEP con tu clave del banco.
- Con clave bancaria. A través de:
- Link Pagos
- Pago Mis Cuentas
- Inter Banking
- El Home Banking de los bancos habilitados:
- Ingresá a la plataforma de la cuenta de tu Home Banking.
- Seleccioná la opción “Pago de servicios”.
- Presioná AFIP – Pago de Impuestos AFIP (VEP).
- Completá los datos.
¡Eso fue todo! Que tengas una buena experiencia con el pago de tu impuesto a los bienes personales.
Cómo pagar Bienes Personales info actualizada al 2025
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