Conoce Los Requisitos Para Ser Concejal Que Establecen Las Leyes Argentinas

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Conoce Los Requisitos Para Ser Concejal Que Establecen Las Leyes Argentinas

En este artículo presentamos toda la información precisa acerca de los requisitos para ser concejal que contempla la legislación de la República de Argentina. En caso de que, un ciudadano esté interesado en dar aportes en sus respectivas urbes.

¿Cuáles Son Los Requisitos Para Ser Concejal?

En esta sección se presenta los requisitos necesarios para ser concejal en el territorio argentino:

  1. Poseer más de veintiuno años de edad.
  2. Ser un ciudadano residente con tres años de haber conseguido su vivienda.
  3. Debe tener mucha protección con el derecho al voto.
  4. Tener 1 año residenciado en el domicilio actual.
  5. Poseer conocimiento elemental de primaria, como son: leer y redactar.
  6. Tener una condición en lo militar transparente.
  7. No tener inhabilitación por la legislación constitucional N.º dieciocho mil seiscientos noventa y cinco del respectivo ayuntamiento.

¿Cómo Se Eligen Los Concejales?

Los concejales son escogidos solamente a través de comicios electorales, a través de un mecanismo de representación proporcional. Cada concejo municipal está formado por unos seis a diez concejales, lo que va a depender de la dimensión que esté constituida la comunidad.

La duración del periodo del cargo como concejal es de 4 años y tienen la opción de ir a la reelección.

¿Qué Es El Consejo Municipal?

El consejo municipal es responsable y tiene la obligación de presidir el control político de las instituciones y agrupaciones municipales. De igual forma, el Consejo Municipal regula las normativas y legislación que son precisas para el conveniente control, protección y conservación del patrimonio cultural del ayuntamiento al que representan.

Los miembros concejales tienen la responsabilidad de elegir el personal que laboraran y delimitar la estructura o bien organigrama que conforma la administración del Municipio.

Los presupuestos ordinarios y la inversión municipal son avalado por el Consejo Municipal y además de esto, le da la autorización al Alcalde para la agilización de contratos y proyectos y la aprobación de proyectos y programas de desarrollo en los campos sociales, económicos y de las obras públicas para el beneficio del ayuntamiento y sus habitantes.

Mucho se van a preguntar como está compuesto un Consejo Comunal o bien Municipal, y este dependerá de la masa población del ayuntamiento en cuestión, de pacto a la legislación, el concejo municipal está conformado de unos siete a doce miembros más o menos.

Funciones De Los Concejales

funciones de los concejalesLas primordiales funciones del Concejo Municipal son la de regir, solventar e inspeccionar todas las labores asociadas al municipio que los escogió. Los miembros del Concejo deben aprobar en pacto mayoritario las ordenanzas y reglas del Municipio, de esta manera como, la reglamentación que contempla el orden y estructura interna del cuerpo municipal.

Asimismo, deben repasar, plantear y aprobar la planificación comunal del desarrollo del presupuesto ordinario municipal aprobado, de esta manera como los del campo cultural y del campo salud; además de esto de, los proyectos, planes y programas de inversión, contratos, autorizaciones, permisología, licitaciones, concesiones, entre otras muchas tareas.

Para mayor información acerca de la legislación de Régimen Municipal y sobre los Concejos Municipales darle click aquí.

Los miembros del Consejo van a deber localizar las soluciones a inconvenientes o bien enfrentamientos dentro de las legislaciones actuales, y establecer un trato o bien pacto a través del mismo. Además, que su responsabilidad primordial es la fiscalización de la administración y cumplimiento de responsabilidades del Alcalde, a fin de que los programas de inversión del Municipio y su respectiva ejecución presupuestaria de haga de forma conveniente.

¿Cómo Funciona El Consejo?

Un miembro del consejo tiene vinculación directa con el presupuesto del Municipio, pues van a deber aprobarlo o bien rechazarlo a través del voto del Consejo. Además, el ordenamiento municipal debe avalar o no los planes y proyectos de las comunas como el proyecto contralor. Deberán aprobar o bien no lo tocante al permisología, concesiones, licitaciones pedidas a las personas jurídicas o bien naturales del Municipio.

El Consejo debe desempeñar su papel de revisor y contralor, corroborando y fiscalizando que las funciones del Alcalde y su equipo de trabajo se esté cumpliendo adecuadamente y estén cumpliendo los planes y programas de inversión aprobadas por el Consejo Municipal.

sesiones de municipaalesAsimismo, deben, de recomendar al Alcalde cuales son los planes y proyectos, además de esto de las mediadas van a deber tener prioridad de pacto a la necesidad de los habitantes.

Tiene la responsabilidad de llegar a un pacto para establecer el ordenamiento del Municipio, y del control y petición de reportes concretos a compañías, empresas o bien fundaciones.

Ahora bien, si se preguntan de qué forma son las sesiones del Consejo, se puede decir que está conformada por dos clases de sesiones:

  1. Ordinaria: las que van a deber efectuarse como mínimo dos veces al mes, para poder solucionar y atender las áreas mentadas al principio de la sección.
  2. Extraordinaria: estas sesiones se efectúan toda vez que se hace la convocatoria, bien sea por el Alcalde o bien por el treinta y tres% de los miembros del Consejo, y solo de repasar el punto por el que fue ejecutada su convocatoria.

Las 2 sesiones son de carácter público, con lo que cualquier ciudadano interesado puede acudir, solo el sesenta y seis% de los miembros pueden pedir que sean reservados con la respectiva justificación de esto.

Normativa

La legislación en materia del régimen municipal de la República de Argentina, contemplado lo siguiente expresado:

  • No van a ser escogidos miembros del Consejo Municipal, aquellos ciudadanos que están inhabilitados para participar en comicios electorales, por la legislación federal o bien provincial para desempeñarse en tal puesto público.

normativa concejalTodo aquel que desempeñe puestos políticos de cualquier nivel, a salvedad de los cargos de la Convencional Constituyente Nacional, Provincial o bien Municipal, o bien que adeuden a la Tesorería Municipal o bien Provincial; o bien que hayan sido sentenciados y este en vigencia, por no haber pagado deudas, van a ser excluidos de ser parte del Consejo.

Si desea saber más sobre la respectiva normativa, darle clic al siguiente enlace.

Los ciudadanos, líderes o bien administradores de asociaciones comerciales o bien civiles, tengan relación de forma directa o bien indirecta con la municipalidad a través de un contrato o bien acuerdo de rigor administrativo o bien los que no tuviesen libertad en la administración de su patrimonio están inhabilitados para ser miembros del Consejo.

Aquel ciudadano que este en cumplimiento de lo previamente expuesto, va a deber abandonar a sus tareas desempeñadas de forma inmediata por elección en favor del sesenta y seis% de los miembros del Consejo.

  • El Consejo revisase y avalase todas y cada una de las titulaciones, el nivel y calidad de estas y todos y cada uno de los derechos y obligaciones de sus miembros activos.
  • El Consejo en pleno debe de efectuar asambleas o bien sesiones para la preparación de los comicios, en un periodo de tiempo de diez días, y exactamente los mismos han de ser anteriores al principio de las sesiones ordinarias y dentro de este periodo de la sesión, han de ser escogidos tanto El Presidente como las autoridades en cuestión.

Harán sus asambleas en sesiones ordinarias desde el 1 de marzo y hasta el treinta de noviembre anualmente, dichas sesiones se van a poder aplazar, si de esta manera lo quiere exactamente el mismo consejo. Se van a poder hacer convocatoria a sesiones excepcionales por el Alcalde o bien por el treinta y tres% de los miembros del Consejo Municipal, y solo van a poder repasar y sesionar el punto por el que fue efectuada la convocatoria.

  • Es obligatorio la asistencia de la mitad más uno, del total de los miembros del consejo a fin de que pueda haber quorum.

Si esa mitad fuera en una fracción, va a ser redondeada al número entero próximo superior. No obstante, se puede sesionar una parte menor de miembros con el fin de poner sanciones a los que sean insistentes.

Si entonces de 2 convocatorias continuas, no se cumple la función para la convocatoria del Quorum, a dicho conjunto menor, tiene la capacitad de establecer sanciones de pacto a lo contemplado en la legislación respecto a la inasistencia a través una fuerza pública por medio de una solicitud que ha de ser efectuada a la autoridad del cuerpo policial respectivo.

Todas las resoluciones del Quorum del Consejo Municipal, van a ser aprobadas por mayoría simple de escrutinios salvo en las circumnutaciones que por la legislación se deba tener una mayoría precisa.

El funcionario que se desempeñe como Presidente en ese momento, va a poder ejercer sufragio como miembro del Consejo. En el caso de quedar empatados, es el Presidente el que va a deber efectuar votación de nuevo para efectuar la toma de resolución terminante.

  • Si fuera precisa al ordenamiento a cualquiera de sus miembros, estos lo van a decidir por mayoría de sufragios. Por lo que es preciso, el voto de treinta y tres% del total de sus miembros.

No obstante, únicamente se va a suspender o bien excluirá a alguno de sus miembros debido a múltiples inasistencias sucesivas, por conducta incorrecta o bien de gravidez a lo largo del cumplimiento de su rol o bien por alguna discapacidad.

Podrán ser sacados por el Consejo Municipal con la ayuda de un poder público respectivo, previamente requerido, y los miembros que promocionen caos o bien malestar a lo largo de cualquier sesión o bien lleguen a faltar el respeto a otros miembros presentes.

Las debidas sesiones son llamadas y habrán de ser públicas, bajo salvedad y por mayoría de elección de sus miembros, decidan q sean reservados, por el tema o bien materia que se revisase en tal sesión particularmente.

Dichas sesiones serán llevadas a cabo en el lugar y hora que programa el Consejo Municipal.

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