Hoy te traemos este gran tutorial en cuál hallará la próxima información sobre Jubilación para trabajadores bajo relación de dependencia de ANSES que es el tema de tu interés se halla redactado de una forma muy simple para que puedas entender todo sobre Jubilación para trabajadores bajo relación de dependencia de ANSES y no van a tener ningún tipo de complicación para entender este tutorial sobre Jubilación para trabajadores bajo relación de dependencia de ANSES empezamos con el tutorial.
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Jubilación para trabajadores bajo relación de dependencia de ANSES
La Jubilación para trabajadores bajo relación de dependencia es un beneficio económico mensual que otorga la ANSES a todo el mundo trabajaron en esta modalidad y cumplieron con treinta (treinta) años de aporte como mínimo. Si querés conocer la edad precisa para poder pedirla y todo lo preciso para administrar el trámite y que te den el beneficio, seguí con nosotros porque te daremos a conocer eso y mucho más.
¿Quiénes pueden solicitarla?
Esta jubilación de forma especial, está dedicada a las mujeres con sesenta (sesenta) años o bien más y para los hombres que cuenten con 65 (sesenta y cinco) años o bien más edad. Y, en los dos casos, que posean un mínimo de treinta (30) años de aportes.
Documentos necesarios
Los documentos a consignar para el trámite son pocos;
- Tenés que presentar tu DNI (Documento original)
- El dictamen emitido por la ANSES en donde se acrediten tus aportes para jubilación; Siendo un trabajador independiente y los de los diferentes empleadores que hayas tenido en tu desempeño laboral.
- Si sucede que tus aportes no se hallan registrados no te alarmes, con llevar; tus comprobantes de salarios, los certificados o bien una Declaración Jurada que acrediten los servicios y/o los recibos que verifiquen tu afiliación a la obra social va a ser suficiente.
¿En dónde debés solicitar tu jubilación?
Eso dependerá de en donde hayas realizado más aportes; si fue en la caja municipal o bien provincial ahí tenés que pedirla. Por otra parte, si la mayoría de tus aportes fue en la ANSES, debés efectuar el trámite formalmente en esa entidad.
Trámite paso a paso
El trámite es presencial y con turno tomado con anticipación. Para dar comienzo a tu solicitud, tenés que continuar los próximos pasos:
- Debés verificar que tus datos se encuentran actualizados en ANSES. Esto lo puedes hacer si llamas sin costo al ciento treinta o bien ingresás a Mi ANSES. En el caso que no se hallen actualizados; el día de tu turno tenés que llevar los documentos precisos aponerte al día con tu información personal y familiar.
- Luego de examinar tus datos o bien reunir la documentación precisa para actualizarlos de ser el caso, tenés que consultar los aportes que hayas realizado y registrado en ANSES. Si te encontrás con que hay historias de tus trabajos precedentes que están registradas despreocúpate, con lreunir y llevar los documentos que te dejen revisar esa información vas a poder continuar con el trámite.
- Ahora debés solicitar un turno en la ANSES.
- Si ya contás con tu turno asignado, podés consultar la información relacionada con la locación y la fecha establecida para que asistas a una de las oficinas haciendo click aquí.
- Como último paso, tenés que presentarte el día de tu cita en la oficina asignada con toda documentación que ya conocés. Verificá la localización de la oficina haciendo clic aquí.
Información de interés
Para acabar, acá detallaremos otros datos esenciales que te pueden asistir con el trámite para la solicitud de tu jubilación o bien a aclarar las dudas que puedas tener:
- Si contás con más años de aportes que los precisos para la solicitud de la jubilación (Treinta (treinta) años de aportes) tu jubilación, haciendo alusión al monto que te pagarán, aumentará uno por ciento (1%) por cada año que te excedas, esto va a ser hasta llegar a un límite de 45 (cuarenta y cinco) años en los que hayas efectuado aportes.
- En el caso de que cuentes con cada año o bien aportes requeridos trabajando bajo relación de dependencia para poder cobrar la jubilación mantén la calma, por el hecho de que tenés la opción de completarlos aportando como monotributista.
- Al instante de jubilarte, si tenés más años de los demandados por la ley para solicitar el beneficio, ese factor puede favorecerte y compensar los años de aportes con tus años de edad.
Es decir, si eres hombre y tu edad es de 69 (sesenta y nueve) años, por cada dos (2) años que se excedan del mínimo para jubilarte (Sesenta y 5 años (sesenta y cinco) en el caso de los hombres), se rebajará un año en los requeridos de aportes.
En otras palabras y siendo ese el caso, el caballero se jubilaría con 69 (sesenta y nueve) años de edad y solo precisaría veintiocho años de aportes para que le aprueben y den el beneficio. Cabe destacar que este hecho puede ser variante en concordancia con las particularidades y la actividad que desempeñe cada trabajador.
Jubilación para trabajadores bajo relación de dependencia de ANSES info actualizada al 2024
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